Santo Domingo.- A propósito del decreto 615-26, emitido por el presidente Luis Abinader recientemente, contra los delitos ambientales y protección de los recursos naturales, en el Congreso Nacional hay varias iniciativas que giran en ese sentido, pero caducan al no ser aprobadas.
Sólo la diputada de Fuerza del Pueblo (FP) Llaneris Espinal ha sometido cuatro de esas piezas, las cuales tienen como fin tipificar el ecocidio (destrucción al medioambiente), reforzar la protección ambiental, promover ciudades verdes y sostenibles, y proteger las cordilleras Central y Septentrional de la minería metálica y el deterioro de sus recursos hídricos.
La legisladora lamentó que los marcos de ley periman al no ser sancionadas por los congresistas, por lo que se ha visto en la obligación de volverlos a introducir.
Una de las piezas de la diputada por Santiago es el proyecto de ley que tipifica el ecocidio, con penas hasta de 20 años de prisión, y establece medidas para la prevención y reparación del daño ambiental grave, el cual reintrodujo en la Cámara Baja el pasado 18 de marzo.
De acuerdo al artículo 10 de la iniciativa, quien ocasionare daño grave, extenso o duradero al medio ambiente, la biodiversidad, los ecosistemas o los recursos naturales que constituyen el patrimonio de la nación, será sancionado con la pena de privación de libertad de “no menor de 10, ni mayor a los 20 años”, sin perjuicio de la responsabilidad civil y/o ambiental que pudiere acarrear el daño causado.
Asimismo, según el artículo 11, la persona cometa un acto en contravención de las reglamentos, ordenanzas o permisos, así como tratados internacionales ratificados por el país, a sabiendas de que existe una probabilidad sustancial de que cause un daño grave, extenso o duradero al medioambiente, poniendo en riesgo la continuidad de sus ciclos vitales, estructura y funcionamiento, “y este daño todavía no se haya verificado por circunstancias ajenas a la voluntad”, será sancionada con cinco a 10 años de cárcel.
El proyecto de ley establece, además, que toda obra o proyecto público o privado que pueda causar un daño ambiental grave deberá contar con un estudio de evaluación de impacto ambiental, sin excepciones.
En cuanto a los agravantes por circunstancias especialmente graves, se aplicaría el máximo de la pena cuando, entre otras situaciones, participe un funcionario público; el delito ocurra en áreas protegidas o reservas naturales; sea irreversible; provoque muertes o lesiones graves; afecte gravemente los medios de vida de comunidades; cause daños graves a la salud o seguridad alimentaria; o sea cometido deliberadamente.
Ciudades verdes, sostenibles y resilientes
Otra de las propuestas de la diputada Espinal y que también fue reintroducida en la pasada legislatura es el “proyecto de ley de ciudades verdes, sostenibles y resilientes: fomento, protección y conservación del arbolado urbano y las áreas verdes”.
Tal como su nombre indica, la iniciativa tiene como objetivos aumentar, cuidar y proteger los árboles y espacios verdes urbanos; garantizar el derecho de todos a un ambiente sano y equilibrado; y promover un desarrollo sostenible y resiliente.
Sobre las sanciones, el pliego de ley contempla multas de 20 a 100 salarios mínimos, arresto administrativo de hasta 48 horas, capacitación o trabajo comunitario y, fundamentalmente, la obligación de reparar o restituir el daño ambiental. También se establece que, si el infractor no lo hace, el ayuntamiento podría ejecutarlo y cobrarle los gastos.
Cordilleras Central y Septentrional
Las dos iniciativas restantes plantean la protección de las cordilleras Central y Septentrional de la minería metálica y el deterioro de sus recursos hídricos.
Una es el proyecto de ley que declara a la Cordillera Septentrional como territorio libre de minería metálica y protege sus cuencas hidrográficas; y el otro, el proyecto de ley que declara a la Cordillera Central como territorio de seguridad nacional y soberanía ecológica, establece la exclusión de la minería metálica y dispone la renaturalización de sus ríos y cuencas hidrográficas.
Trámite legislativo
Todo proyecto de ley cuenta con dos legislaturas ordinarias para ser aprobado, una vez iniciado su trámite. Si la pieza no es convertida en ley en este tiempo, perime y debe ser reintroducida, comenzando su trámite desde cero.














