En medio de varias aspiraciones de diferentes actores de conformar nuevos partidos políticos para participar en las próximas elecciones de 2028, la Junta Central Electoral (JCE) aclaró los requisitos que establecidos en la Ley 33-18 para oficializar el reconocimiento de los mismos.
“Constituir una organización política en República Dominicana no es solo reunir seguidores: la Ley 33-18 de Partidos Políticos, Agrupaciones y Movimientos Políticos exige una estructura legal, territorial y financiera rigurosa antes de obtener reconocimiento oficial”, exclamó la JCE a través de una publicación en sus redes sociales.
Mediante el mismo, el órgano electoral manifestó que quienes depositen sus solicitudes deben tener un uso correcto de sus símbolos y presentar ante la JCE sus estatutos, principios y diseño de logos/banderas; para esto no se pueden utilizar símbolos patrios, ni nombres de los próceres, ni coincidir en el diseño con las organizaciones políticas ya reconocidas.
De la misma manera, los aspirantes a conformar un partido político deben de mostrar un listado de firmas de personas apoyando esa organización, cuya cantidad sea equivalente al 2% de los votos válidos de las últimas elecciones.
En ese listado, las personas y firmas deben de estar organizadas por calle y sector, en formato digital y físico.
El órgano electoral señala que al momento de someter su solicitud, esas organizaciones políticas deben de tener locales físicos activos y directivas provisionales operando en cada municipio y provincia del país y tener su sede en el Distrito Nacional.
Dentro de los documentos a presentar ante la secretaria de la JCE, se debe de presentar un presupuesto de ingresos/gastos pasados y proyección financiera anual hasta las elecciones de 2028.














