La discapacidad, entendida como condición que dificulta la interacción de los que la padecen con sus pares, es un problema que afecta no solo a los discapacitados, de cualquier edad, sino también al entorno familiar, que tiene que proveer a sus necesidades de desplazamiento cuando la dificultad es ambulatoria o visual, o entenderse cuando se trata de sordera o problemas de fonación.
Los discapacitados o personas con condiciones especiales (no son minusválidos porque no valen menos) tienen problemas para acceder a la educación por sus necesidades especiales.
Por ello vemos con beneplácito la ordenanza No. 05-2024 emitida el 20 de junio por el Ministerio de Educación, que contiene lineamientos para la educación inclusiva, con lo que se cumple lo que dicta la Constitución, la Ley General de Educación No. 66-97 y la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Estamos ante una normativa que merece el apoyo e impulso de todos y habría que comenzar por masificar y socializar su contenido.
La ordenanza establece ejecutar los ajustes curriculares por la especialización que se requiere debido a las características excepcionales de los sujetos de este tipo de educación, para lo cual hay que contar con maestros formados en educación especial y capacitados para brindar apoyo personalizado, facilitadores de educación especial y especialistas en áreas afines.
Muchos de los problemas que afectan a los discapacitados se basan en el rechazo de los propios centros educativos, que a veces se escudan en falta de condiciones, o la inadecuada formación de los docentes para trabajar con este tipo de sujetos, lo que los convierte en parias y los priva de la posibilidad de aprender a leer, de formarse para trabajar y ganar su propio sustento.
En sus 28 artículos, con una exhaustiva fundamentación y ponderación del tema, la ordenanza establece los lineamientos para una educación inclusiva, que abarcan tener plazas disponibles, proveer apoyo y recursos accesibles, e involucrar a los alumnos especiales en las diferentes actividades escolares.
Hay una serie de normas y orientaciones que las direcciones educativas deberán adoptar para alcanzar los objetivos que determina la ordenanza, pero lo importante es que, al respetar la condición de sujetos de derecho de los discapacitados, se los integra al sistema educativo, se les brinda la posibilidad de formarse, y de acceder por sus propios medios a una mejor calidad de vida.
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