
Santo Domingo .– El vicealmirante Luis Rafael Lee Ballester, ARD, Director General de Migración, sostuvo una reunión de coordinación con la directora del Departamento de Prófugos de la Procuraduría General de la República, Andyi de los Santos; representantes de Interpol y del Departamento de Prófugos de la Policía Nacional.
Durante el encuentro se revisaron los procedimientos para la aplicación de órdenes de arresto emitidas por tribunales competentes, así como los mecanismos para la imposición y el levantamiento de impedimentos migratorios.
Las instituciones acordaron reforzar la coordinación operativa para garantizar que toda actuación en aeropuertos, puertos y pasos fronterizos se realice exclusivamente siguiendo las disposiciones judiciales vigente.
La DGM reiteró que las personas que transitan por los puntos de entrada y salida del país solo pueden ser detenidas cuando exista una orden judicial emitida por la autoridad competente.
Asimismo, recordó que el levantamiento de una orden de arresto, la colocación o eliminación de un impedimento migratorio y la autorización de permisos temporales de tránsito sujetos a decisiones judiciales deben sustentarse en documentación oficial remitida por el Departamento de Impedimentos de la Procuraduría General de la República.
Lee Ballester precisó que estas decisiones sólo pueden ejecutarse cuando sean recibidas de manera directa de la Procuraduría General de la República como establece el procedimiento para tales fines.
La DGM enfatizó que únicamente la Procuraduría General de la República está facultada para remitir la documentación correspondiente que permita ejecutar, modificar o dejar sin efecto las medidas judiciales con incidencia migratoria.
La institución exhortó a las personas sujetas a alguna de estas medidas a verificar, a través de sus representantes legales, que el debido proceso haya sido debidamente agotado.
En el encuentro también participó personal de las áreas de Control Migratorio e Inteligencia de la institución, con el objetivo de fortalecer la interoperabilidad entre las entidades responsables de la seguridad y el control migratorio.

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